Piratería editorial y reprografía ilegal en Chile.

Magnitud y gravedad de este problema.

 

Francisco Tepper

Gerente General

Random House-Mondadori


 .

Hace un tiempo a esta parte, los cines de Santiago están exhibiendo un corto publicitario quemuestra, adecuadamente, que la compra de productos piratas se asimila al robo. Está muy bienhecho y creo que los autores, editores, librerías y el estado, somos las víctimas de ese robo, sin que la sociedad chilena tenga conciencia de ello.En efecto, comprar un libro pirata significa, cuando menos, ser cómplice de un robo de los derechos de autor.

 

Este concepto de complicidad en el robo no está suficientemente desarrollado, comprendido, e internalizado en la sociedad chilena, y es así que el combate a la piratería, además de los problemas de ineficiencia propios del actual sistema de procedimiento penal vigente en la Región Metropolitana, se topa con tergiversaciones e interpretaciones erróneas en que se plantea como argumentos el precio de los libros, la necesidad urgente que la gente lea, e incluso una injustificada solidaridad hacia el vendedor de la calle.

 

Creemos que la implementación del nuevo sistema procesal penal producirá una mejora en la investigación y sanción de la piratería pero para ello será necesario que los interesados (Autores, Editores, librerías, Asociaciones Gremiales) ejerzan la persecución penal y allí tendremos, tal vez, la mejora expresada. De lo contrario el panorama sigue siendo desalentador ya que los fiscales tienen herramientas para dar prioridad a los delitos considerados más graves y los delitos de propiedad intelectual difícilmente se encontraran dentro de esas prioridades por las razones antes expuestas. Y porque también es cierto que la doctrina penal en boga, especialmente en Europa, tiende a reducir al ámbito privado y económico las responsabilidades por piratería. Es decir, cada vez será menos sancionado penalmente y llegará un día en que dependeremos exclusivamente de las indemnizaciones que podamos cobrar a los infractores.

 

Comprar un libro pirata implica, como ya lo dije, a lo menos ser cómplice de un robo. Debemos recalcarlo. Esta es la manera más segura de construir una conciencia que evite la piratería. Ustedes bien saben que este ilícito es de gran magnitud, la Cámara Chilena del Libro estimó que los piratas mueven más de veinticinco millones de dólares anuales (estimación hecha en 1995) y en la actualidad ella calcula que las publicaciones ilegales constituyen más de un 30% del total del mercado editorial.

 

En el último gran allanamiento, de sólo hace unas semanas, se ha detectado el crecimiento que ésta ha tomado respecto también de los libros escolares. Este abre un nuevo frente muy lucrativo para esta industria informal. A lo largo de todo el país existe una venta masiva de libros falsos. Esta es visible para cualquiera que camine por las calles de las ciudades de Chile, ya que en ellas se exhiben los títulos más vendidos, ofrecidos a precios 1/3 a 1/5 del valor de librería. Se ha llegado a la increíble situación en la cual nuestra editorial ha detectado la presencia de vendedores formales de libros falsos.

 

Esta Editorial incluso mantiene querellas contra librerías tradicionales en el sentido de estar formalmente constituidas. En Chile los derechos de autor están amparados por la Ley Nº 17.336 publicada en el Diario Oficial con fecha 2 de Octubre de 1970 (35 años) como ha cambiado nuestro país en 35 años. En su artículo 79 se tipifican los delitos y los sanciona con presidio menor en su grado mínimo y multa de 5 a 50 unidades tributarias mensuales. Esto es lo que hay. Además Chile tiene como leyes de la República la Convención Interamericana sobre el Derecho de Autor en Obras Literarias, Científicas y Artísticas, y la Convención Universal sobre Derecho de Autor, que obligan, entre otras, al Estado Chileno a otorgar a las obras publicadas en otro estado la misma protección que a las obras publicadas en Chile. Es importante mencionar que el Código Penal Español sanciona estos delitos con penas de 6 a 12 meses de prisión, muy similares a las penas chilenas, pero se exigen indemnizaciones compensatorias muy fuertes.

 

Nuestra editorial ha presentado aproximadamente 98 querellas, encontrándose a la fecha vigente, 50 de ellas, hemos logrado que se declare reos a más de cien delincuentes, de los cuales una veintena han sido sentenciados y condenados. Hoy todos libres. En general condenas a presidio de no más de 360 días y siempre, por lo menos hasta ahora, remitidos. La mayoría es de 61 días y multa muy pequeñas, y que jamás se cobran porque se emiten informes sociales que acreditan la insolvencia de los condenados.

 

En algunos juicios también hemos conseguido alguna indemnización, pero por mucho que la perseguimos no logramos cobrarla por los mismos motivos.

Los procedimientos son lentos, engorrosos y no siempre garantizan resultados. Se exigen peritajes a la Labocar que tardan meses, se cita a los querellados, una y otra vez y no comparecen, finalmente aparecen con una orden de detención después de buscarlos años. Esto hace que el juicio dure tres a cuatro años, en primera instancia, y otros dos a tres años en la Corte de Apelaciones. Ejemplo de ello es un listado hecho por el estudio de abogados que nos representa, en el que consta que perseguimos estos delitos desde el año 1999 en uno de ellos, en el octavo juzgado del crimen y en causa seguido contra Alfredo Echeverría Sepúlveda y otros, se logró sólo el 29 de Octubre de 2004, 5 años después de su inicio, la orden de arresto de los procesados y hasta

la fecha esta no se concreta.

 

Cité este ejemplo porque demuestra la dura tarea en Tribunales y nuestra persistencia. Hay 13 causas en la Corte de Apelaciones de Santiago algunas en que los querellados han apelado de su procesamiento y en otras donde apelan de sus sentencias condenatorias. Las condenas comunes han sido y seguramente seguirán siendo condenas de multa y/o prisión remitidas. Las multas giran en torno a 5 UTM, siendo lo común 61 días de presidio. Pero, repito,

no cumplen el presidio porque se les remite y rara vez pagan la multa porque no tienen patrimonio alguno de donde obtenerlo.

 

La ley señala que para gozar de la remisión de la pena, esto es no cumplirla en la cárcel, es necesario pagar las multas e indemnizaciones. Nosotros hemos perseguido esta situación pero han aparecido asistentes sociales haciendo informes de pobreza que el juez ha tenido presente y les ha eximido de todas formas. Esto indica que no sólo la sociedad no tiene conciencia del problema sino que también un importante poder del Estado. 

 

Pedimos a nuestros abogados que se realice hasta el último trámite que la ley nos otorga aún para crear al menos conciencia de la existencia de una parte ofendida: Los autores. Entendemos que la lucha judicial es solo una parte de los esfuerzos. Somos responsables también de hacer ediciones más económicas, motivar el hábito de lectura para hacer crecer el mercado con ediciones más grandes, y en consecuencia bajar los costos. Un esfuerzo de

exportación también ayudaría.

 

Debemos ahondar en establecer un sentido cultural en la sociedad chilena. Los derechos de autor, aún cuando inmateriales, son propiedad "TANGIBLE, REAL" que pertenecen a sus dueños. La pelea policial/judicial que damos es sólo una parte de ella. La más importante es ayudar a crear un valor en la sociedad chilena que consista en el respeto irrestricto de los derechos de autor.

 

A esto debemos abocarnos.