.
Hace
un
tiempo
a
esta
parte,
los
cines
de
Santiago
están
exhibiendo
un
corto
publicitario
quemuestra,
adecuadamente,
que
la
compra
de
productos
piratas
se
asimila
al
robo.
Está
muy
bienhecho
y
creo
que
los
autores,
editores,
librerías
y
el
estado,
somos
las
víctimas
de
ese
robo,
sin
que
la
sociedad
chilena
tenga
conciencia
de
ello.En
efecto,
comprar
un
libro
pirata
significa,
cuando
menos,
ser
cómplice
de
un
robo
de
los
derechos
de
autor.
Este
concepto
de
complicidad
en
el
robo
no
está
suficientemente
desarrollado,
comprendido,
e
internalizado
en
la
sociedad
chilena,
y
es
así
que
el
combate
a
la
piratería,
además
de
los
problemas
de
ineficiencia
propios
del
actual
sistema
de
procedimiento
penal
vigente
en
la
Región
Metropolitana,
se
topa
con
tergiversaciones
e
interpretaciones
erróneas
en
que
se
plantea
como
argumentos
el
precio
de
los
libros,
la
necesidad
urgente
que
la
gente
lea,
e
incluso
una
injustificada
solidaridad
hacia
el
vendedor
de
la
calle.
Creemos
que
la
implementación
del
nuevo
sistema
procesal
penal
producirá
una
mejora
en
la
investigación
y
sanción
de
la
piratería
pero
para
ello
será
necesario
que
los
interesados
(Autores,
Editores,
librerías,
Asociaciones
Gremiales)
ejerzan
la
persecución
penal
y
allí
tendremos,
tal
vez,
la
mejora
expresada.
De
lo
contrario
el
panorama
sigue
siendo
desalentador
ya
que
los
fiscales
tienen
herramientas
para
dar
prioridad
a
los
delitos
considerados
más
graves
y
los
delitos
de
propiedad
intelectual
difícilmente
se
encontraran
dentro
de
esas
prioridades
por
las
razones
antes
expuestas.
Y
porque
también
es
cierto
que
la
doctrina
penal
en
boga,
especialmente
en
Europa,
tiende
a
reducir
al
ámbito
privado
y
económico
las
responsabilidades
por
piratería.
Es
decir,
cada
vez
será
menos
sancionado
penalmente
y
llegará
un
día
en
que
dependeremos
exclusivamente
de
las
indemnizaciones
que
podamos
cobrar
a
los
infractores.
Comprar
un
libro
pirata
implica,
como
ya
lo
dije,
a
lo
menos
ser
cómplice
de
un
robo.
Debemos
recalcarlo.
Esta
es
la
manera
más
segura
de
construir
una
conciencia
que
evite
la
piratería.
Ustedes
bien
saben
que
este
ilícito
es
de
gran
magnitud,
la
Cámara
Chilena
del
Libro
estimó
que
los
piratas
mueven
más
de
veinticinco
millones
de
dólares
anuales
(estimación
hecha
en
1995)
y
en
la
actualidad
ella
calcula
que
las
publicaciones
ilegales
constituyen
más
de
un
30%
del
total
del
mercado
editorial.
En
el
último
gran
allanamiento,
de
sólo
hace
unas
semanas,
se
ha
detectado
el
crecimiento
que
ésta
ha
tomado
respecto
también
de
los
libros
escolares.
Este
abre
un
nuevo
frente
muy
lucrativo
para
esta
industria
informal.
A
lo
largo
de
todo
el
país
existe
una
venta
masiva
de
libros
falsos.
Esta
es
visible
para
cualquiera
que
camine
por
las
calles
de
las
ciudades
de
Chile,
ya
que
en
ellas
se
exhiben
los
títulos
más
vendidos,
ofrecidos
a
precios
1/3
a
1/5
del
valor
de
librería.
Se
ha
llegado
a
la
increíble
situación
en
la
cual
nuestra
editorial
ha
detectado
la
presencia
de
vendedores
formales
de
libros
falsos.
Esta
Editorial
incluso
mantiene
querellas
contra
librerías
tradicionales
en
el
sentido
de
estar
formalmente
constituidas.
En
Chile
los
derechos
de
autor
están
amparados
por
la
Ley
Nº
17.336
publicada
en
el
Diario
Oficial
con
fecha
2
de
Octubre
de
1970
(35
años)
como
ha
cambiado
nuestro
país
en
35
años.
En
su
artículo
79
se
tipifican
los
delitos
y
los
sanciona
con
presidio
menor
en
su
grado
mínimo
y
multa
de
5
a
50
unidades
tributarias
mensuales.
Esto
es
lo
que
hay.
Además
Chile
tiene
como
leyes
de
la
República
la
Convención
Interamericana
sobre
el
Derecho
de
Autor
en
Obras
Literarias,
Científicas
y
Artísticas,
y
la
Convención
Universal
sobre
Derecho
de
Autor,
que
obligan,
entre
otras,
al
Estado
Chileno
a
otorgar
a
las
obras
publicadas
en
otro
estado
la
misma
protección
que
a
las
obras
publicadas
en
Chile.
Es
importante
mencionar
que
el
Código
Penal
Español
sanciona
estos
delitos
con
penas
de
6
a
12
meses
de
prisión,
muy
similares
a
las
penas
chilenas,
pero
se
exigen
indemnizaciones
compensatorias
muy
fuertes.
Nuestra
editorial
ha
presentado
aproximadamente
98
querellas,
encontrándose
a
la
fecha
vigente,
50
de
ellas,
hemos
logrado
que
se
declare
reos
a
más
de
cien
delincuentes,
de
los
cuales
una
veintena
han
sido
sentenciados
y
condenados.
Hoy
todos
libres.
En
general
condenas
a
presidio
de
no
más
de
360
días
y
siempre,
por
lo
menos
hasta
ahora,
remitidos.
La
mayoría
es
de
61
días
y
multa
muy
pequeñas,
y
que
jamás
se
cobran
porque
se
emiten
informes
sociales
que
acreditan
la
insolvencia
de
los
condenados.
En
algunos
juicios
también
hemos
conseguido
alguna
indemnización,
pero
por
mucho
que
la
perseguimos
no
logramos
cobrarla
por
los
mismos
motivos.
Los
procedimientos
son
lentos,
engorrosos
y
no
siempre
garantizan
resultados.
Se
exigen
peritajes
a
la
Labocar
que
tardan
meses,
se
cita
a
los
querellados,
una
y
otra
vez
y
no
comparecen,
finalmente
aparecen
con
una
orden
de
detención
después
de
buscarlos
años.
Esto
hace
que
el
juicio
dure
tres
a
cuatro
años,
en
primera
instancia,
y
otros
dos
a
tres
años
en
la
Corte
de
Apelaciones.
Ejemplo
de
ello
es
un
listado
hecho
por
el
estudio
de
abogados
que
nos
representa,
en
el
que
consta
que
perseguimos
estos
delitos
desde
el
año
1999
en
uno
de
ellos,
en
el
octavo
juzgado
del
crimen
y
en
causa
seguido
contra
Alfredo
Echeverría
Sepúlveda
y
otros,
se
logró
sólo
el
29
de
Octubre
de
2004,
5
años
después
de
su
inicio,
la
orden
de
arresto
de
los
procesados
y
hasta
la
fecha
esta
no
se
concreta.
Cité
este
ejemplo
porque
demuestra
la
dura
tarea
en
Tribunales
y
nuestra
persistencia.
Hay
13
causas
en
la
Corte
de
Apelaciones
de
Santiago
algunas
en
que
los
querellados
han
apelado
de
su
procesamiento
y
en
otras
donde
apelan
de
sus
sentencias
condenatorias.
Las
condenas
comunes
han
sido
y
seguramente
seguirán
siendo
condenas
de
multa
y/o
prisión
remitidas.
Las
multas
giran
en
torno
a
5
UTM,
siendo
lo
común
61
días
de
presidio.
Pero,
repito,
no
cumplen
el
presidio
porque
se
les
remite
y
rara
vez
pagan
la
multa
porque
no
tienen
patrimonio
alguno
de
donde
obtenerlo.
La
ley
señala
que
para
gozar
de
la
remisión
de
la
pena,
esto
es
no
cumplirla
en
la
cárcel,
es
necesario
pagar
las
multas
e
indemnizaciones.
Nosotros
hemos
perseguido
esta
situación
pero
han
aparecido
asistentes
sociales
haciendo
informes
de
pobreza
que
el
juez
ha
tenido
presente
y
les
ha
eximido
de
todas
formas.
Esto
indica
que
no
sólo
la
sociedad
no
tiene
conciencia
del
problema
sino
que
también
un
importante
poder
del
Estado.
Pedimos
a
nuestros
abogados
que
se
realice
hasta
el
último
trámite
que
la
ley
nos
otorga
aún
para
crear
al
menos
conciencia
de
la
existencia
de
una
parte
ofendida:
Los
autores.
Entendemos
que
la
lucha
judicial
es
solo
una
parte
de
los
esfuerzos.
Somos
responsables
también
de
hacer
ediciones
más
económicas,
motivar
el
hábito
de
lectura
para
hacer
crecer
el
mercado
con
ediciones
más
grandes,
y
en
consecuencia
bajar
los
costos.
Un
esfuerzo
de
exportación
también
ayudaría.
Debemos
ahondar
en
establecer
un
sentido
cultural
en
la
sociedad
chilena.
Los
derechos
de
autor,
aún
cuando
inmateriales,
son
propiedad
"TANGIBLE,
REAL"
que
pertenecen
a
sus
dueños.
La
pelea
policial/judicial
que
damos
es
sólo
una
parte
de
ella.
La
más
importante
es
ayudar
a
crear
un
valor
en
la
sociedad
chilena
que
consista
en
el
respeto
irrestricto
de
los
derechos
de
autor.
A
esto
debemos
abocarnos.
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